
Diferencias entre un seguro de impago del alquiler y un aval bancario
¿Qué es el aval bancario?
El aval bancario es un documento que suelen solicitar los inquilinos a su entidad financiera como garantía de que van a pagar el alquiler de la vivienda que van a habitar. Para ello, la mayoría de los bancos piden a los inquilinos que depositen una cantidad de dinero equivalente a varias mensualidades de alquiler en una cuenta bloqueada de la que no se podrá hacer uso mientras dure el aval.
Si por algún motivo los inquilinos dejan de pagar la renta mensual, el propietario o la propietaria puede hacer uso del aval bancario para reclamar la cantidad de ese “reservado”. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el proceso burocrático de este trámite puede ser algo largo y complicado, los propietarios tienen que demostrar el incumplimiento del contrato. Esto implica la presentación de documentación específica, como los registros de pago o los avisos de impago. Dependiendo del caso, incluso puede ser necesario acudir a los tribunales para ejecutar el aval.
Además, los inquilinos han de hacer frente al pago de las comisiones por abrir y mantener el aval bancario, así como posibles intereses si el banco presta el dinero para cubrirlo. Cuando el contrato termine, también tienen que hacerse cargo de los gastos por la cancelación del aval bancario, es decir, se suman varios gastos adicionales relacionados con el dinero reservado para cubrir el aval que podrían afectar a la capacidad de los inquilinos para realizar los pagos.
¿Qué es el seguro de impago de alquiler?
Beneficios frente al aval bancario
1. Rapidez en los trámites
2. Cobertura adicional
Además de la cobertura en caso de impago, los propietarios también cuentan con protección frente a otros escenarios comunes que pueden suponer un gran desembolso si por desgracia surgen complicaciones con los inquilinos:
- Frente a daños intencionados en la vivienda alquilada por parte de los inquilinos, el seguro de impago de alquiler puede cubrir ciertos gastos de reparación.
- Asistencia y defensa legal para gestionar situaciones complejas, como el desalojo de los inquilinos, que puede ser un proceso judicial bastante complicado y largo.
- Servicio de cerrajería incluido para proteger la vivienda una vez que se haya recuperado. Resulta muy útil con inquilinos conflictivos que puedan volver a aparecer.
3. Estudio de viabilidad
Comparativa entre el seguro de impago de alquiler y el aval bancario
Desliza para ver más
Aval bancario | Seguro de impago | |
Contratación | Lo tramitan los inquilinos con su propio banco. | Lo contratan los propietarios con una aseguradora. |
Garantía de pago | El banco garantiza el pago de un número determinado de mensualidades si los inquilinos dejan de cumplir con sus responsabilidades de pago. | La aseguradora cubre rápidamente el impago del alquiler durante los meses incluidos en la póliza si los inquilinos dejan de pagar. |
Depósito | Los inquilinos deben bloquear una cantidad de dinero en una cuenta bancaria. No podrán hacer uso del dinero hasta la cancelación del aval. | No es necesario hacer ningún depósito para contratar el seguro de impago de alquiler. |
Reclamo del impago |
Reclamar el impago suele ser un proceso largo y burocrático para los propietarios, han de demostrarlo aportando pruebas para iniciar el trámite. |
El proceso es mucho más ágil, la aseguradora actúa para que puedas recibir las cantidades adeudadas tan pronto como sea posible. |
Comisiones | Los inquilinos han de pagar comisiones por abrir, mantener y cerrar el aval. También se pueden aplicar intereses si el banco ofrece un préstamo para cubrir el aval. | Solo es necesario abonar la prima anual, no hay comisiones o intereses asociados al seguro de impago de alquiler. |
Estudio de viabilidad | No incluido. | Incluido. |
Protección adicional | Solo cubre el impago del alquiler, sin otras garantías. | Incluye protección contra daños en la propiedad, asesoramiento y defensa legal para el desalojo de inquilinos morosos, así como servicio de cerrajería. |
¿Cómo contratar un seguro de impago del alquiler?
1. Definir las condiciones del seguro
2. Realizar un estudio de viabilidad
Antes de aprobar el seguro, la aseguradora te indicará la documentación necesaria para llevar a cabo el estudio de viabilidad que verificará si los potenciales inquilinos tienen la capacidad económica suficiente para pagar el alquiler. Los documentos solicitados para contratar el seguro de impago de alquiler son:
- Solicitud del seguro cumplimentada y firmada por el propietario.
- Autorización del tratamiento de datos cumplimentada y firmada por los inquilinos.
- Últimas dos nóminas de los inquilinos para verificar su antigüedad y que el salario es suficiente para cubrir el alquiler sin complicaciones, lo ideal es no destinar más del 40% del sueldo al alquiler.
- Última declaración de la Renta (Modelo 100) o últimas declaraciones trimestrales del pago fraccionado del IRPF (Modelo 130 o 131) si los inquilinos son autónomos para comprobar la regularidad de sus ingresos.
- Certificado emitido por la Seguridad Social en caso de que los potenciales inquilinos sean pensionistas para acreditar la condición de beneficiario de la prestación.
- Últimas dos nóminas y posible asignación en el BOE o Certificado de Servicios Prestados cuando se trate de inquilinos funcionarios.
Si la aseguradora considera que los inquilinos no son solventes, podría rechazar la solicitud del seguro o pedir un avalista, es decir, una persona que se haga responsable del pago en caso de impago. Aunque no sea ciencia cierta, los estudios de viabilidad son muy útiles para evitar problemas en el futuro y facilitar que el proceso de alquiler sea seguro para los propietarios.