¿Mi seguro de impago de alquiler
cubre posibles robos?

Dice la Real Academia de la Lengua Española que robar no es otra cosa que “tomar para sí lo ajeno o hurtar de cualquier modo que sea”. Al amparo de esta definición, la respuesta al respecto de si un seguro de impago de alquiler cubre posibles robos no admite fisuras: sí. Las pólizas ofrecen distintas garantías con el fin de salvaguardar la propiedad del arrendador ya sea por daños ocasionados por el inquilino, impagos u otras situaciones relacionadas con unos arrendatarios conflictivos.

Las situaciones que pueden amenazar un alquiler seguro son amplias y, en consecuencia, también han de serlo las coberturas de seguro de impago de alquiler. El documento constituye un aval para la tranquilidad del propietario que, a través de las diferentes garantías recogidas en la póliza, puede hacer frente a cuestiones tan dispares como el abono de rentas impagadas, la reclamación de otros seguros o los daños en el interior de la vivienda.

En la práctica, un seguro de impago de alquiler cubre el robo desde multitud de puntos de vista ya que, usurpar el uso de una vivienda sin efectuar el abono de las cuotas establecidas en el contrato de alquiler de la misma, el propio impago de las mensualidades e, incluso, los daños ocasionados en la vivienda por el inquilino, no dejan de ser un robo para el propietario.

Bajo una visión amplia del término ‘robo’, el seguro de impago de alquiler te ofrece diferentes coberturas en base a las cuales tendrás garantizada la tranquilidad en según qué situaciones. Algunas de ellas son:

  • Impago de cuotas: No cumplir con el pago mensual de las rentas es una manera peculiar de robar pero no deja de ser un robo. No tiene por qué haber violencia ni intimidación pero el simple hecho de no cumplir con lo acordado, implica que el propietario deja de percibir lo que es suyo. El seguro de impago de alquiler ofrece diferentes alternativas al respecto, haciéndose cargo del abono de las cuotas durante 6, 9 ó 12 meses, en función de lo establecido en la póliza.

  • Desahucio: El uso y disfrute de una propiedad se cede al inquilino al firmar un contrato de alquiler de la vivienda. Sin embargo, cuando este deja de pagar las mensualidades estipuladas, está ejerciendo un derecho que no le corresponde y, por tanto, está privando al propietario de ocupar lo que legalmente es suyo. En estos casos, la cobertura del seguro de impago de alquiler que defiende los intereses del arrendador tiene que ver tanto con el abono de los gastos de cerrajero y cerradura en caso de desahucio, como con la defensa de los intereses del asegurado en vía extrajudicial o sus derechos en vía judicial.

  • Reclamación a otras aseguradoras: También puede interpretarse como un robo el hecho de que una aseguradora no cumpla con los compromisos suscritos con el propietario y vinculados a la vivienda en alquiler. Si esto ocurre, tu seguro de impago de alquiler realizará la reclamación oportuna para que asuman sus responsabilidades.

Desliza para ver más

Otras coberturas del seguro de impago de alquiler que te interesarán
Reparación de daños por actos vandálicos en la vivienda Defensa jurídica del consumidor y defensa penal
Asesoramiento jurídico telefónico Reclamación por daños en la vivienda
Redacción y revisión de documentos legales Conexión con despacho de letrados
Reclamación por incumplimiento del contrato Defensa supletoria de la responsabilidad civil

Es posible que la idea de alquilar tu vivienda te resulte atractiva aunque también es probable que despierte en ti ciertas inquietudes. Si es así, lo mejor es que solicites asesoramiento profesional. Los expertos serán quienes puedan orientarse sobre las condiciones particulares en cada caso, ofreciéndote la alternativa más apropiada para tu situación y la de tu inmueble.

Si estás decidido a contar con las mejores coberturas en un seguro de impago de alquiler, contratarlo es tan sencillo como ponerte en contacto con Allianz Assistance, indicar las características de tu alquiler y esperar el resultado del estudio de viabilidad de tu inquilino para completar la contratación. ¿Hablamos?

¡Comparte en tus redes!