Baja por paternidad: conoce todas
las novedades

La baja por paternidad es el derecho que tiene el padre a acogerse a un período de descanso laboral retribuido en los casos de nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo.

Por tanto, a parte del derecho de la madre a su prestación de baja por maternidad, el período de descanso del padre es totalmente independiente e intransferible.

Por otra parte, además del período de baja, el padre también tiene derecho a dos días de permiso en el momento del nacimiento (o cuatro días si tuviese que desplazarse) y goza de una mayor protección frente a posibles despidos.

Hasta el pasado 5 de julio de 2018, la baja por paternidad tenía una duración de cuatro semanas. Sin embargo, en esa fecha entró en vigor una modificación legislativa que fija su duración en cinco semanas.

Además, otra importante novedad es que la quinta semana puedes utilizarla en cualquier otro momento dentro de los nueve meses siguientes al nacimiento, previo acuerdo con el empresario.

En los casos de parto múltiple (o adopción múltiple), el periodo de baja se amplía en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

Por último, debes tener en cuenta que la ley amplía la duración del permiso por paternidad hasta seis semanas en los casos en que el nacimiento o adopción:

  • Se produzca en una familia numerosa o la convierta en tal.
  • Se dé en una familia en la que existiera una persona con discapacidad mínima del 33%.
  • Se trate de hijo o menor acogido con discapacidad mínima del 33%.

Recientemente se ha alcanzado un acuerdo político que establecerá progresivamente la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad. De este modo, el acuerdo fija las siguientes fases:

  • En 2019 la baja por paternidad tendrá una duración de 8 semanas.
  • En 2020 alcanzará las 10 semanas.
  • En 2021 se logrará la plena equiparación de la baja paternal con la de maternidad, estableciéndose ambas en 16 semanas.

Durante el período de baja paternal, recibirás el 100% de la base reguladora (es decir, tu sueldo bruto antes de retenciones, en proporción al tiempo de duración de tu permiso). Como sabrás, este coste corre a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

¿Y qué día paga la Seguridad Social? Lo habitual es que el INSS haga el ingreso el último día hábil del mes correspondiente, por lo que la recibirás en los días siguientes.

En el caso de los funcionarios, rigen las mismas normas que para los demás trabajadores en cuanto a la baja paternal.

No obstante, sí existe una importante novedad: los empleados públicos pueden disfrutar de sus cinco semanas de baja laboral sin necesidad de hacerlo al mismo tiempo que la madre.

Por tanto, podrían utilizar su permiso en el momento en que finalicen las 16 semanas de baja de la madre.

En el caso de los autónomos, es importante destacar que existe una bonificación del 100% de la cuota mínima de autónomos para el período de baja.

Los requisitos para acceder a la baja por paternidad son:

  • Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en algún régimen del sistema de la Seguridad Social.
  • Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años o bien 360 días en toda tu vida laboral.

En cuanto a los trámites necesarios, bastará con que presentes la siguiente documentación en la sede del INSS más cercana:

  • Solicitud
  • DNI
  • Informe médico del parto
  • Libro de familia o certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil
  • Nómina y certificado de empresa

Como puedes ver, la regulación de la baja por paternidad está evolucionando hacia una situación de mayor protección, lo que te permitirá disfrutar de ese período de descanso laboral con mejores condiciones. Sin duda, es un importante avance que beneficiará a muchos padres en el futuro.

¡Comparte en tus redes!