Me han cancelado un vuelo:
¿Cuáles son mis derechos?

Decía Benjamin Franklin que en esta vida solo hay dos cosas seguras: la muerte y los impuestos. Pero quizás habría que añadir los retrasos y cancelación de vuelos. En este artículo te contamos cómo presentar una reclamación por vuelos cancelados para hacer valer tus derechos frente a la compañía aérea.

Imagina la situación: estás en el aeropuerto, en tu primer día de vacaciones, para iniciar ese viaje en familia que llevas tanto tiempo planeando. Después de facturar el equipaje, mientras esperas para embarcar, ves en las pantallas la palabra fatídica: cancelado.

Seguro que conoces la sensación.

Sin duda, los vuelos cancelados o retrasados son el día a día de cualquier aeropuerto. Pero eso no quiere decir que no puedas hacer nada. La ley reconoce determinados derechos del pasajero a la hora de plantear una reclamación a la compañía aérea en los casos de cancelación de vuelos.

La respuesta corta es . Ante vuelos cancelados, como pasajero puedes reclamar que la aerolínea te compense adecuadamente. Así, existe un reglamento a nivel europeo que protege tus derechos frente a cancelaciones, si bien con alguna excepción, como luego veremos.

Si tu vuelo se cancela, la compañía debe permitirte elegir una de estas tres alternativas:

  • El reembolso del billete. Si tienes un vuelo de conexión, también debe ofrecerte un vuelo de vuelta al aeropuerto de salida.
  • Un transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible.
  • Un transporte alternativo en una fecha posterior que tú decidas en condiciones comparables, siempre que haya plazas disponibles.

Además, mientras esperas, la compañía está obligada a ofrecerte asistencia, es decir: comida, bebida y, en su caso, alojamiento. Si has pagado estos gastos de tu bolsillo, tienes derecho a reclamar su devolución.

Lo que quizás no sabías es que, además de las tres alternativas que hemos visto, es posible que tengas derecho a una indemnización por cancelación de vuelo.

Pero veamos primero aquellos casos en que no deben indemnizarte:

  • Si te informan con más de catorce días de antelación.
  • Si te informan entre dos semanas y siete días antes de la salida prevista y te ofrecen un transporte alternativo que te permita salir no más de dos horas antes de la hora prevista y llegar a tu destino menos de cuatro horas después de lo previsto.
  • Si te informan menos de siete días antes de la salida prevista y te ofrecen un transporte alternativo que te permita salir no más de una hora antes de la hora prevista y llegar a tu destino final menos de dos horas después de lo previsto.

En los demás casos, cuando has optado por el reembolso del billete o un transporte alternativo, puedes tener derecho a recibir una indemnización.

Tal y como te contábamos en nuestro artículo sobre cómo reclamar por el retraso de un vuelo, la indemnización dependerá del tipo y distancia del vuelo:

  • 250 euros para vuelos hasta 1500 kilómetros.
  • 400 euros para vuelos de más de 1500 kilómetros dentro de la UE y de entre 1500 y 3000 kilómetros en los demás casos.
  • 600 euros si la distancia es superior a los 3500 kilómetros.

No obstante, si la compañía te ofrece un transporte alternativo y llegas a tu destino final con un retraso no superior a cuatro horas, la indemnización puede reducirse un 50%.

Aunque tus derechos como pasajero están garantizados, no siempre las compañías te lo pondrán fácil. Por tanto:

  • Guarda cualquier factura por gastos que hayas realizado a consecuencia del retraso o cancelación.
  • Aunque las compañías no están obligadas a indemnizar cuando el vuelo se cancele por circunstancias excepcionales, no tienen esta consideración la mayoría de problemas técnicos del avión.
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