¿Te pueden multar por fumar al volante?

Puede que hayáis escuchado recientemente que la DGT comenzará a multar por fumar mientras se conduce. Según la información que se ha extendido por la red, encenderse un pitillo al volante podría traer aparejada una multa de 4.000 euros, además de la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.

La misma DGT ha sido la encargada de desmentir el bulo a través de sus perfiles en redes sociales: la normativa no ha cambiado y fumar al volante de un vehículo en marcha sigue sin estar prohibido explícitamente por la ley de Tráfico. Es cierto que, aunque la prohibición expresa de fumar en el coche no exista, el artículo 18 de la ley de Tráficoestablece que el conductor está obligado “a mantener la atención permanente a la conducción”. En consecuencia, si el acto de fumar conlleva una pérdida de la misma, el conductor podría ser sancionado por infracción grave con 200 euros de multa y la retirada de cuatro puntos. ¿Esto sucede realmente? Desde el Departamento de Asistencia Jurídica de Allianz Assistance indican que, en la práctica, este acto no se está sancionando.

 

Fumar mientras se conduce NO es infracción. Puede ser sancionable si se hace provocando #distracción o poniendo en riesgo la seguridad vial

pic.twitter.com/tL59PYDE7w

Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 20 de febrero de 2017

 

Y si los otros ocupantes del vehículo son menores o mujeres embarazadas, ¿se puede fumar? Algunos países como Inglaterra y Gales, han instaurado la prohibición de fumarpara cualquier pasajero del coche cuando haya menores a bordo. En Italia, la prohibición se extiende a la presencia de embarazadas.

En diciembre de 2016, expertos de la OMS que se reunieron en Barcelona convocados por el Instituto Oncológico de Cataluña instaron a España a seguir la senda de estos países en el marco de la lucha contra el tabaquismo, pero todavía no se han tomado ninguna medida en este sentido.

Lo que sí está prohibido y sancionado como infracción grave es el hecho de arrojar colillas a la vía o en sus inmediaciones: la sanción económica para esta infracción es también de 200 euros más la retirada de cuatro puntos. En el caso de que un incendio forestal sea provocado por un cigarrillo sin apagar arrojado desde un coche, las consecuencias serían mucho más graves y la conducta podría conllevar, incluso, penas de prisión.

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